ELEMENTOS DEL COSTO

1.5.1. CONTROL Y CONTABILIZACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL COSTO
1.5.1.1. MÉTODOS DE VALUACIÓN DE INVENTARIOS APLICADOS A MATERIA PRIMA
MATERIA PRIMA:
Es un producto material que tiene que ser transformado antes de ser vendido a los consumidores, es el principal elemento en una industria o bien es un producto elaborado que sirve como materia prima para la elaboración de otros productos, en nuestro caso es el primer elemento del costo de producción.
MÉTODOS DE VALUACIÓN DE INVENTARIOS:
PRIMERAS ENTRADAS PRIMERAS SALIDAS (P.E.P.S.)
Por medio de esta técnica, las salidas de almacén se valúan a los precios de las primeras entradas hasta agotarlas, se continua con las inmediatas y así sucesivamente. Las existencias quedan valuadas automáticamente a su valor más recientes otorgándole al almacén de materias primas un costo actualizado a valores acordes con el mercado actual. 
ÚLTIMAS ENTRADAS PRIMERAS SALIDAS (U.E.P.S.)
Consiste en valuar las salidas de almacén, utilizando los precios de la última entrada hasta agotar su cantidad en especie, de ahí la penúltima entrada en unidades y precio y así sucesivamente hasta dar salida a la totalidad en especie requerida.
De acuerdo con esta técnica por cada salida se van eliminando las últimas existencias que entran al almacén.
COSTO PROMEDIO (C.P.)
Consiste en dividir el valor final de las existencias entre el número de unidades existentes, obteniéndose un costo unitario promedio.

1.5.1.2. ELABORACIÓN Y REGISTRO CONTABLE DE LA NÓMINA. 
La Mano de Obra Directa es considerada en importancia como el segundo elemento del costo, por su intervención directa en la elaboración del producto, puesto que es el esfuerzo humano para transformar la materia prima en producto terminado, sin embargo para le ley no hay distinción, puesto que es aplicable a la mano de obra indirecta las mismas disposiciones.
Es la contabilidad de costos la que tiene que ejercer el control y su cuantificación. La Mano de obra tanto directa como indirecta está regulada por nuestra Carta Magna en su Artículo 123 y reglamentada por la Ley Federal del Trabajo, donde están instituidas una serie de disposiciones de carácter general como derecho de los trabajadores, puesto que no es solo el salario el que debe de cuantificarse, sino lo más importante, desde el punto de vista contable las prestaciones de carácter social que en ella se consignan y que por ley son obligatorias para el patrón, como por ejemplo: 
01.   La jornada diurna será de 8 horas, la nocturna de 7 y la mixta de 7 y media.
02.   Un día de descanso por cada 6 de trabajo con salario íntegro.
03.   Que el día de descanso sea el domingo, quien preste servicios el domingo tendrá derecho a una prima adicional de un 25% sobre el salario ordinario.
04.   Días de descanso obligatorio: 01 de Enero, 05 de Febrero, 21 de Marzo, 01 de mayo, 16 de Septiembre, 20 de Noviembre, 01 de Diciembre de cada seis años y el 25 de Diciembre.
05.   Los trabajadores que por necesidades del patrón tengan que prestar sus servicios en días de descanso obligatorio, tendrán derecho a que se les pague independientemente del salario, un salario doble por el servicio prestado.
06.   Los trabajadores que tengan más de un año de servicio, disfrutarán del un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso será menor a 6 días laborables, los que aumentarán en dos días por cada año trabajado hasta los 5 años y posteriormente cada 5 años se aumentará 2 días más.
07.   Los trabajadores tendrá derecho a una prima no menor del 25% sobre los salarios que les corresponden durante el período de vacaciones.
08.   Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de Diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos; los que no hayan cumplido el año de servicios independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrá derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo.
09.   Los plazos para el pago del salario no deberán ser mayores de una semana para las personas que desempeñan un trabajo material y de quince días para los demás trabajadores.
10.   Las madres trabajadoras disfrutarán de un descanso de 6 semanas antes y 6 posteriores al parto.
11.   El salario deberás ser cubierto en efectivo con moneda de curso legal.
12.   Indemnizar a los trabajadores con 3 meses de salario y 20 días por cada año de trabajo, cuando sea despedido injustificadamente.
13.   Recibir una prima de antigüedad equivalente a 12 días de sueldo por cada año de trabajo, cualquiera que haya sido la causa de su separación o despido, siempre y cuando haya completado por lo menos 15 años de servicio.
Se ha querido mostrar en términos generales las principales disposiciones en las relaciones obreros patronales, que corresponden a un mínimo de prestaciones que tienen las empresas y que se tiene la necesidad de controlar y cuantificar.
Contablemente conocemos como mano de obra directa solamente el salario pagado a los obreros y como Gastos de Fabricación las demás prestaciones económicas y sociales, generadas por las relaciones obrero-patronales establecidas en el contrato de trabajo, que en ningún caso serán menores que las establecidas en la Ley Federal del Trabajo.
CONTRATO DE TRABAJO: El contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades, donde se establecen las condiciones según las cuales debe de prestarse el trabajo, así como, las remuneraciones de carácter económico, como sociales, que nunca podrán ser inferiores a las establecidas en la Ley Federal del Trabajo.
Los contratos se clasifican en:
a.- CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO: Es aquel que se celebra directamente entre el patrón y el trabajador, en el que se establecen las condiciones para ambas partes.
b.- CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO: Es aquel convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe de prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.

CUANTIFICACIÓN DE LA MANO DE OBRA

Quedó ya establecido que el salario está compuesto, además de lo pagado al trabajador, por una serie de prestaciones económicas y sociales establecidas por la L. F. T., así como aquellas complementarias pactadas en el contrato colectivo de trabajo que la empresa tiene con sus trabajadores y que se tienen que cuantificar para la determinación del costo de la Mano de Obra.

A.- DIAS DE DESCANSO:
01.- Séptimo día.
02.- Días de Descanso Obligatorio.
03.- Vacaciones.
B.- PRIMAS:
04.- Aguinaldo (Mínimo 15 días)
05.- Prima vacacional (25% del valor de las mismas)
06.- Prima dominical (25 % del valor del día)
07.- Prima de antigüedad. 12 días por cada año de servicio, después de 15 años de servicio por retiro voluntario.
C.- INDEMNIZACIONES:
08.- Tres (3) meses y 20 días por años por despido injustificado del trabajador.

1.5.1.3. PRORRATEO DE COSTOS INDIRECTOS.
También se le conoce como: Gastos de producción, Gastos de Fábrica, Gastos Indirectos de Fabricación o Gastos de Explotación. Es el elemento del costo que no interviene directamente en la elaboración del producto, pero que es necesario para llevar a cabo la producción.
                En este elemento se encierran todas aquellas erogaciones que se efectúan por concepto de materiales que no intervienen directamente en la elaboración del producto y de la mano de obra para vigilar, controlar, supervisar, mantener, proteger la producción, la planta y sus equipos, así mismo, todos aquellos gastos por servicios depreciaciones, amortizaciones, etc. Este gasto es por su naturaleza, indirecto.
                Los Gastos de Fabricación, es necesario acumularlos, para su análisis, dado que es imposible aplicarlos a los productos o a las órdenes de producción en forma directa.
                Las asignaciones o prorrateo de los Gastos de Fabricación es un tanto laborioso, puesto que hay que esperar al fin del período hasta que todos los gastos estén acumulados. En las empresas industriales generalmente los períodos son de un mes.
                Los MÉTODOS PARA ASIGNAR LOS GASTOS DE FABRICACIÓN, para aplicarlos a la producción, pueden tener como base, el valor, el tiempo a las unidades producidas.
A.- LAS BASES DE VALOR SON:
1.- Valor de la Materia Prima utilizada.
2.- Valor de la Mano de Obra Directa.
B.- LAS BASES DE TIEMPO SON:
3.- Número de horas de Mano de Obra Directa.
4.- Número de horas máquinas trabajadas.
C.- BASE DE UNIDADES PRODUCIDAS.
                Se ha asentado que la Materia Prima y la Mano de Obra Directa, por cualquier sistema de control, por elemental que este sea, se pueden identificar con los productos que la empresa elabora, más los gastos de fabricación por su naturaleza indirecta, es necesario prorratearlos, escogiendo la base más equitativa, puesto que de antemano sabemos que cualquiera de ellas, no deja de ser arbitraria su utilización.
                La aplicación de las G.F.  a los productos u órdenes de producción, consiste en acumular los G.F. en el ejercicio entre la base escogida, que es el que se tomará para distribuir los gastos, a este cociente se le conoce técnicamente como COEFICIENTE.

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