1.5.1. CONTROL Y
CONTABILIZACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL COSTO
1.5.1.1. MÉTODOS DE VALUACIÓN DE
INVENTARIOS APLICADOS A MATERIA PRIMA
MATERIA PRIMA:
Es un producto material
que tiene que ser transformado antes de ser vendido a los consumidores, es el
principal elemento en una industria o bien es un producto elaborado que sirve
como materia prima para la elaboración de otros productos, en nuestro caso es
el primer elemento del costo de producción.
MÉTODOS DE VALUACIÓN DE INVENTARIOS:
PRIMERAS ENTRADAS PRIMERAS SALIDAS (P.E.P.S.)
Por medio de esta técnica,
las salidas de almacén se valúan a los precios de las primeras entradas hasta
agotarlas, se continua con las inmediatas y así sucesivamente. Las existencias
quedan valuadas automáticamente a su valor más recientes otorgándole al almacén
de materias primas un costo actualizado a valores acordes con el mercado
actual.
ÚLTIMAS ENTRADAS PRIMERAS SALIDAS (U.E.P.S.)
Consiste en valuar las
salidas de almacén, utilizando los precios de la última entrada hasta agotar su
cantidad en especie, de ahí la penúltima entrada en unidades y precio y así
sucesivamente hasta dar salida a la totalidad en especie requerida.
De acuerdo con esta
técnica por cada salida se van eliminando las últimas existencias que entran al
almacén.
COSTO PROMEDIO (C.P.)
Consiste en dividir el
valor final de las existencias entre el número de unidades existentes,
obteniéndose un costo unitario promedio.
1.5.1.2. ELABORACIÓN Y REGISTRO
CONTABLE DE LA NÓMINA.
La Mano de Obra Directa es considerada en
importancia como el segundo elemento del costo, por su intervención directa en
la elaboración del producto, puesto que es el esfuerzo humano para transformar
la materia prima en producto terminado, sin embargo para le ley no hay
distinción, puesto que es aplicable a la mano de obra indirecta las mismas
disposiciones.
Es la contabilidad de costos la que tiene que ejercer el control y su
cuantificación. La Mano de obra tanto directa como indirecta está regulada por
nuestra Carta Magna en su Artículo 123 y reglamentada por la Ley Federal del
Trabajo, donde están instituidas una serie de disposiciones de carácter general
como derecho de los trabajadores, puesto que no es solo el salario el que debe
de cuantificarse, sino lo más importante, desde el punto de vista contable las
prestaciones de carácter social que en ella se consignan y que por ley son
obligatorias para el patrón, como por ejemplo:
01. La jornada diurna será de
8 horas, la nocturna de 7 y la mixta de 7 y media.
02. Un día de descanso por
cada 6 de trabajo con salario íntegro.
03. Que el día de descanso
sea el domingo, quien preste servicios el domingo tendrá derecho a una prima
adicional de un 25% sobre el salario ordinario.
04. Días de descanso
obligatorio: 01 de Enero, 05 de Febrero, 21 de Marzo, 01 de mayo, 16 de
Septiembre, 20 de Noviembre, 01 de Diciembre de cada seis años y el 25 de
Diciembre.
05. Los trabajadores que por
necesidades del patrón tengan que prestar sus servicios en días de descanso
obligatorio, tendrán derecho a que se les pague independientemente del salario,
un salario doble por el servicio prestado.
06. Los trabajadores que
tengan más de un año de servicio, disfrutarán del un período anual de
vacaciones pagadas, que en ningún caso será menor a 6 días laborables, los que
aumentarán en dos días por cada año trabajado hasta los 5 años y posteriormente
cada 5 años se aumentará 2 días más.
07. Los trabajadores tendrá
derecho a una prima no menor del 25% sobre los salarios que les corresponden
durante el período de vacaciones.
08. Los trabajadores tendrán
derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de Diciembre,
equivalente a quince días de salario, por lo menos; los que no hayan cumplido
el año de servicios independientemente de que se encuentren laborando o no en
la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrá derecho a que se les pague la
parte proporcional del mismo.
09. Los plazos para el pago
del salario no deberán ser mayores de una semana para las personas que desempeñan
un trabajo material y de quince días para los demás trabajadores.
10. Las madres trabajadoras
disfrutarán de un descanso de 6 semanas antes y 6 posteriores al parto.
11. El salario deberás ser
cubierto en efectivo con moneda de curso legal.
12. Indemnizar a los
trabajadores con 3 meses de salario y 20 días por cada año de trabajo, cuando
sea despedido injustificadamente.
13. Recibir una prima de
antigüedad equivalente a 12 días de sueldo por cada año de trabajo, cualquiera
que haya sido la causa de su separación o despido, siempre y cuando haya
completado por lo menos 15 años de servicio.
Se ha querido mostrar en términos generales las principales
disposiciones en las relaciones obreros patronales, que corresponden a un
mínimo de prestaciones que tienen las empresas y que se tiene la necesidad de
controlar y cuantificar.
Contablemente conocemos como mano de obra directa solamente el salario
pagado a los obreros y como Gastos de Fabricación las demás prestaciones
económicas y sociales, generadas por las relaciones obrero-patronales
establecidas en el contrato de trabajo, que en ningún caso serán menores que
las establecidas en la Ley Federal del Trabajo.
CONTRATO DE TRABAJO: El contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades, donde se
establecen las condiciones según las cuales debe de prestarse el trabajo, así
como, las remuneraciones de carácter económico, como sociales, que nunca podrán
ser inferiores a las establecidas en la Ley Federal del Trabajo.
Los contratos se clasifican en:
a.- CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO: Es aquel que se celebra directamente
entre el patrón y el trabajador, en el que se establecen las condiciones para
ambas partes.
b.- CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO: Es aquel convenio celebrado entre uno o
varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones o uno o varios
sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las
cuales debe de prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.
CUANTIFICACIÓN DE LA MANO DE OBRA
Quedó ya establecido que el salario está compuesto, además de lo pagado al trabajador, por una serie de prestaciones económicas y sociales establecidas por la L. F. T., así como aquellas complementarias pactadas en el contrato colectivo de trabajo que la empresa tiene con sus trabajadores y que se tienen que cuantificar para la determinación del costo de la Mano de Obra.
A.- DIAS DE DESCANSO:
01.- Séptimo día.
02.- Días de Descanso Obligatorio.
03.- Vacaciones.
B.- PRIMAS:
04.- Aguinaldo (Mínimo 15 días)
05.- Prima vacacional (25% del valor de las mismas)
06.- Prima dominical (25 % del valor del día)
07.- Prima de antigüedad. 12 días por cada año de servicio, después de
15 años de servicio por retiro voluntario.
C.- INDEMNIZACIONES:
08.- Tres (3) meses y 20 días por años por despido injustificado del
trabajador.
1.5.1.3. PRORRATEO DE COSTOS INDIRECTOS.
También se le conoce como: Gastos de
producción, Gastos de Fábrica, Gastos Indirectos de Fabricación o Gastos de
Explotación. Es el elemento del costo que no interviene directamente en la
elaboración del producto, pero que es necesario para llevar a cabo la
producción.
En este elemento
se encierran todas aquellas erogaciones que se efectúan por concepto de
materiales que no intervienen directamente en la elaboración del producto y de
la mano de obra para vigilar, controlar, supervisar, mantener, proteger la
producción, la planta y sus equipos, así mismo, todos aquellos gastos por
servicios depreciaciones, amortizaciones, etc. Este gasto es por su naturaleza,
indirecto.
Los Gastos de
Fabricación, es necesario acumularlos, para su análisis, dado que es imposible
aplicarlos a los productos o a las órdenes de producción en forma directa.
Las asignaciones
o prorrateo de los Gastos de Fabricación es un tanto laborioso, puesto que hay
que esperar al fin del período hasta que todos los gastos estén acumulados. En
las empresas industriales generalmente los períodos son de un mes.
Los MÉTODOS PARA ASIGNAR LOS GASTOS DE
FABRICACIÓN, para aplicarlos a la producción, pueden tener como base, el
valor, el tiempo a las unidades producidas.
A.- LAS BASES DE VALOR SON:
1.- Valor de la Materia Prima utilizada.
2.- Valor de la Mano de Obra Directa.
B.- LAS BASES DE TIEMPO SON:
3.- Número de horas de Mano de Obra Directa.
4.- Número de horas máquinas trabajadas.
C.- BASE DE UNIDADES PRODUCIDAS.
Se
ha asentado que la Materia Prima y la Mano de Obra Directa, por cualquier
sistema de control, por elemental que este sea, se pueden identificar con los
productos que la empresa elabora, más los gastos de fabricación por su
naturaleza indirecta, es necesario prorratearlos, escogiendo la base más
equitativa, puesto que de antemano sabemos que cualquiera de ellas, no deja de
ser arbitraria su utilización.
La aplicación de
las G.F. a los productos u órdenes de
producción, consiste en acumular los G.F. en el ejercicio entre la base
escogida, que es el que se tomará para distribuir los gastos, a este cociente
se le conoce técnicamente como COEFICIENTE.
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